El aparato legal contra los inmigrantes.

El aparato legal contra los inmigrantes.

Javier Domínguez.

España y la Inmigración: Un Panorama Legal y Social.

Tradicionalmente, España había mantenido unas relaciones internacionales de amistad y cooperación con América Latina y también, aunque en menor grado, con Marruecos, El Sahara y Guinea. Así se dio la paradoja de que durante la Dictadura, el único país que mantuvo relaciones con Cuba fue España, pese a los tratados de las Bases con Estados Unidos y a sus presiones, que llegaron hasta a ametrallar a los cargueros españoles (El Virgen de Aranzazu entró ardiendo en el puerto de La Habana, bombardeado por patrulleras Norteamericanas). Estas relaciones se traducían en unas fronteras abiertas: no exigencia de visado, facilidades para obtener el permiso de residencia, de trabajo e incluso la doble nacionalidad.

El Mercado Común impone unas fronteras comunes y una política internacional común. España no sabe o no quiere defender sus relaciones internacionales y se somete a las exigencias europeas. España se convierte en la frontera sur de Europa.

Esto exige dos cosas: un Aparato Legal y una policía de extranjeros.

El Aparato Legal no está concebido para defender los derechos de los extranjeros y evitar que se abuse de ellos, sino que tiene como finalidad el impedir la inmigración masiva de los pobres y someter a una terrible dictadura a los pocos que consiguen inmigrar legalmente.

Las líneas básicas de la ley de extranjería son las siguientes:

  1. Ningún extranjero tiene derecho a entrar en el territorio del estado español o a vivir o trabajar en él. Sin embargo, en determinadas circunstancias puede obtener permisos.
  2. Para residir menos de tres meses basta con un visado de entrada. Este visado no se exigía antes a marroquíes y latinoamericanos. Cada vez se va exigiendo a más naciones. En la práctica, las naciones ricas no necesitan visado y las pobres, sí.
  3. Para residir más de tres meses hace falta un permiso de residencia. Para obtener el permiso de residencia hay que demostrar que el inmigrante es capaz de mantenerse por sus propios medios o que alguna institución (por becas, por familia…) se responsabiliza de él.
  4. El permiso de residencia no supone el poder trabajar. Para trabajar hace falta un permiso de trabajo.
  5. El permiso de residencia y el permiso de trabajo no se pueden obtener en el territorio español. Hay que entrar con ellos para poder residir o trabajar. Es decir, si alguien entra con un visado o sin visado, como turista, no puede quedarse más de tres meses. No puede arreglar los papeles en el interior del país. Tiene que volver a su tierra y arreglarlos allí.
  6. El permiso de trabajo y el permiso de residencia normalmente son renovables por un año. Para obtener la renovación hay que demostrar que uno tiene casa y trabajo.
  7. Si algún extranjero reside o trabaja sin estos permisos será llevado a un centro de retención y expulsión a su país.
  8. Hay dos casos en los cuales se puede arreglar los papeles en el territorio nacional: en caso de matrimonio y en caso de que se solicite y obtenga la categoría de refugiado político.

Obtener un permiso de residencia o de trabajo siendo pobre, en las embajadas y entrar con él en este país, es prácticamente imposible. El mercado de trabajo está prácticamente cerrado a la inmigración económica. Sí obtienen fácilmente estos permisos los jubilados de países ricos, los directivos de compañías multinacionales, los jeques árabes de Marbella…, etc., etc. Pero los pobres siguen empeñados en entrar en este paraíso y se juegan la vida, y con frecuencia la pierden en el estrecho, pero también con frecuencia consiguen entrar y conseguir trabajo. Estos son los trabajadores ilegales: no se les puede afiliar a la seguridad social. Pesa sobre ellos una orden de caza y captura. Si caen enfermos no pueden ir a un hospital, porque les coge la policía. Trabajan por lo que les den y no pueden quejarse.

En la ley de extranjería aprobada por la mayoría socialista, el inmigrante ilegal era considerado como un delincuente que iba a la cárcel. El Tribunal Constitucional anuló este artículo y por eso ahora, en lugar de ir a la cárcel, van a un centro de retención, que por lo visto sí que es conforme a derecho.

Al servicio de este aparato legal hay una policía de extranjeros con dos funciones: renovar o no renovar los permisos de residencia y de trabajo a los inmigrantes legales y “cazar” a los inmigrantes ilegales. Para cumplir la función de caza y captura organizan redadas claramente racistas porque solo detienen a negros o morenos o de facciones filipinas o indígenas. En la plaza de España suelen hacer redadas y yo he pasado siempre sin problemas: nunca me han pedido el carnet de identidad, ¿por qué? Porque tengo el pelo medio calvo, medio rubio. No veo otro motivo. El celo de esta policía de extranjeros es tal que ha habido quejas oficiales contra protección civil porque no entrega a la Guardia Civil a los que ha salvado la vida en el estrecho tras el hundimiento de una patera.

CONCLUSIÓN: Hay dos categorías de emigrantes.

La primera, la de los legales, cuya vida se sustenta no en un derecho sino en un permiso que concede la policía. Viven en un auténtico estado policial. Su jefe de estado, su juez, y su legislador es el Ministro del Interior. Sus derechos fundamentales (de residencia, de vivir con su mujer y sus hijos, de trabajar, de seguridad) dependen de un permiso que les da la policía y que tienen que renovar todos los años. Viven en vilo.

La segunda es la de los ilegales, que en la práctica son tenidos por delincuentes con orden de caza y captura.

No sé a qué llaman en este país derechos humanos.

Javier DOMÍNGUEZ

 

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